Muchos parados que no tienen ningún tipo de ingreso se hacen muchas preguntas sobre si tienen o no derecho a cobrar el nuevo subsidio que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 13 de agosto un Real Decreto Ley en que se regula un programa temporal de protección por inserción o desempleo.

Para poder cobrar la cantidad de 420 euros son necesarios varios requisitos. En primer lugar, tiene que haber agotado la prestación contributiva y no tener derecho al subsidios o ayudas de desempleo por su duración máximo, periodo en el que también se incluyen las prórrogas.
La financiación de la prestación se va a producir entre el periodo que comprende desde el 1 de agosto hasta el 15 de febrero de 2010. Durante este periodo, el desempleado se compromete a realizar las distintas actuaciones que el Servicio Público determine. Es decir, tendrán que estar dispuestos a cursar los diferentes cursos de formación del que se le llamen con la intención de que se facilite su reinserción en el mercado laboral. A la vez, es imprescindible carecer de ingresos propios superiores a 468 euros mensuales durante todo el 2009.
Imagen: Bajo licencia CC
Por: luismipalacios
Etiquetas: 420 euros, ayuda, Gobierno, guía
Categorías: Ayudas públicas, Crisis laboral, Economía familiar, Efectos de la crisis
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