

Desde el Ministerio de Trabajo se asegura que se trata del primer ERE de una empresa con beneficios que no va a ocasionar costes al sistema de protección por desempleo. No olvidemos que Telefónica aumentó su beneficio neto en casi un 31% en el pasado ejercicio (10.167 millones de euros) y alcanzó una cifra de negocio cercana a los 61.000 millones de euros (7,1 % más que en 2009).
Para alcanzar el acuerdo, la empresa compensará al Estado con 350 millones de euros en concepto de prestaciones por desempleo. La Comisión Nacional del Mercado de Valores cifra el gasto del ERE para Telefónica en 2.700 millones de euros, unos 415.000 euros por empleado.
El dinero que abonará Telefónica se destinará a financiar un fondo para políticas activas de empleo dirigidas a personas de más edad. Además, Telefónica se compromete a crear 680 nuevos empleos, a lanzar un amplio Plan de Becas (4.000) del que se podrán beneficiar todo tipo de jóvenes, incluidos aquellos sin experiencia laboral previa.
El ERE autorizado por el Ministerio de Trabajo viene acompañado de un plan especial de recolocación, financiado a medias entre empresa y trabajador, para todos aquellos trabajadores que abandonen la empresa y que así lo soliciten. Dicho Plan prevé una serie de acciones para el mantenimiento del empleo en las provincias de residencia del empleado (formación de los trabajadores) o su incorporación a otras empresas del Grupo Telefónica.
El coste del ERE se contabilizará, según la compañía, como un mayor gasto de personal no recurrente en el ejercicio actual. Asimismo, insiste en que esta acción es necesaria para mejorar su eficiencia en un mercado cada vez más competitivo.
Este Expediente de Regulación de Empleo contempla un programa individual de bajas con una indemnización de 45 días de salario por año de servicio, pero con un máximo de tres anualidades y media, más una cantidad extra en función de los años que se lleven trabajados en la empresa. Además, contempla un programa de desvinculación incentivada para empleados en activo con una antigüedad mínima de 15 años y con edades comprendidas entre los 53 y los 60 años en el momento de la baja con unas rentas mensuales equivalentes al 68% del salario hasta los 61 años y del 34% hasta los 65.
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