

En ciertas ocasiones, algunas empresas se ven forzadas a contratar trabajadores por un reducido espacio de tiempo, como pueden ser: por la baja de un empleado, una repentina acumulación de tareas que necesita de alguien durante un breve periodo o un exceso de pedidos y producción.
El tipo de contrato utilizado para legalizar esta relación laboral puede ser cualquiera de los acuerdos temporales recogidos en la legislación española. En general, y en lugar del conocido contrato de “por obra y servicio”, se suelen utilizar los de interinidad y los contratos eventuales. Lo habitual es que se suscriban durante dos o tres días para sustituir a una persona que está de baja, cuya labor no puede detenerse. De ahí, que se recurra a otra persona para que ocupe el puesto durante su ausencia.
Estos contratos, a pesar de contar con una duración mínima, no están exentos de cumplir con todos y cada uno de los derechos de los trabajadores. Aunque sólo sea por un día, es necesaria el alta en la Seguridad Social y cotizar por las horas de trabajo desempeñadas.
Las personas que se decantan por este tipo de empleos son en su mayoría estudiantes o personas que tienen otro trabajo a tiempo parcial y necesitan conseguir un dinero extra para poder llegar a fin de mes. La mayoría de estos trabajos no requieren de una elevada cualificación y los más habituales son mozo de almacén para cargas y descargas puntuales, preparadores de pedidos, reponedores o recepcionistas.
La forma más rápida y segura de acceder a este tipo de empleos es estar dado de alta en una o en varias de las empresas de trabajo temporal. Estas se adaptan a la perfección a las necesidades puntuales de las empresas y ayudan a lograr la flexibilidad que requieren este tipo de circunstancias extraordinarias.
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