Las claves del acuerdo sobre las pensiones

2 febrero 2011 | Por jose manuel paniagua

El Gobierno y los agentes sociales han llegado a un acuerdo sobre el futuro de las pensiones. El pacto para la reforma se ha fraguado entre el jueves y el viernes de la pasada semana, y ha sido ratificado esta madrugada. Las líneas maestras sobre las que tenía que girar dicho acuerdo estaban claras: nueva edad de jubilación a los 67 años y el número de años cotizados necesarios (38,5) para retirarse a los 65.

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Repasemos los puntos básicos del acuerdo: La Edad de jubilación se retrasa de los 65 años a los 67. Se hará progresivamente en 15 años, en dos tramos: de 2013 a 2018, la edad se desplazará cada año en un mes. Desde 2019, dos meses por año. Retiro a los 65 años. Para jubilarse a esta edad con el 100% de la pensión habrá que tener cotizados al menos 38 años y seis meses. También podrá hacerlo quien cumpla con este requisito a los 66 años. Ahora para poder percibir toda la pensión hay que haber cotizado 35 años a la Seguridad Social. Este cambio se hará en bloques de seis meses cada dos a partir de 2014. Cobrar la pensión completa. A partir de ahora es necesario tener 65 años y 35 cotizados. Su desplazamiento en dos años, hasta 37, correrá paralelo al de la edad legal de jubilación. Así, en los seis primeros años, el requisito se elevará a razón de un mes por año. A partir de 2019, el aumento será de dos meses.

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Cálculo de la pensión. Se efectuará sobre la base de los últimos 25 años cotizados (hasta ahora se calculaba sobre los últimos 15). El aumento también será progresivo a razón de un año en cada ejercicio hasta 2022. Quien haya cotizado por menos tiempo tendrá una reducción porcentual en torno al 0,19% al mes. El tope serán 15 años cotizados que darán derecho a percibir la mitad de la paga. Jubilación anticipada. Quienes tengan cotizados 33 años podrán retirarse con 63 de forma voluntaria. Pero hacerlo tendrá una penalización de un 7,5% anual. Se podrán retirar a los 61 los trabajadores víctimas de crisis empresariales (despidos objetivos, cierres, concursos de acreedores...), aunque será necesario haber estado apuntado en las listas del paro. Se endurecen los requisitos para la jubilación parcial. Tras la reforma, la empresa tendrá que asumir la cotización íntegra de relevado y relevista. Ahora, para implantarlo se estipula un periodo de 15 años. Becarios. Acabada la universidad, los titulados que pasen a ser becarios en empresas cotizarán. El coste recaerá sobre el empresario, que pagará sobre una base de cotización próxima a la de un contrato en prácticas. Se habilitará un periodo retroactivo para que los becarios que acrediten prácticas en los últimos cuatro años sumen hasta dos años a su cotización. El coste recaerá sobre el beneficiario, unos 50 euros por mes. Dejar el trabajo para cuidar de los hijos descontará de la cotización exigida nueve meses por hijo hasta un máximo de dos años. Para aquellos que decidan trabajar tras los 67 años. Cada año que un trabajador escoja trabajar más allá de la edad legal de jubilación, se le suma un 3,5% sobre su base de cotización última. Imagen sujeta a licencia CC de uayebt

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